RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 174-2022-MINAM
Encargan al Despacho Viceministerial de Gestión Ambiental la conducción y supervisión de las acciones que corresponden al Ministerio del Ambiente y a sus organismos públicos adscritos, en el marco de sus competencias y funciones, vinculadas al proceso de adhesión a la OCDE
20220909Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 07/09/2022 |
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Fecha de Publicación : | 09/09/2022 |
Entrada en vigencia : | 10/09/2022 |
Estado : | |
Comentario: | Norma derogada por el art. 9 de la R.M. 033-2023-MINAM, publicada el 01/02/2023. |
Lima, 7 de setiembre de 2022
VISTOS; el Memorando N° 00902-2022-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00062-2022-MINAM/VMGA/DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Memorando N° 00812-2022-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00070-2022-MINAM/SG/OGPP/OM de la Oficina de Modernización; el Informe N° 00428-2022-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 28245, Ley marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que este sistema tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;
Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, prevé que este tiene como una de sus funciones específicas, dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la misma que recae en el Viceministerio de Gestión Ambiental, de acuerdo a lo establecido en el literal g) del artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM;
Que, mediante Decreto Supremo N° 086-2015-PCM, se declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE e implementación del Programa País, comprendiendo dicha declaratoria la participación del Estado Peruano en las actividades previstas en el Acuerdo y Memorando de Entendimiento suscritos entre la OCDE y el Gobierno del Perú, así como todas las actividades relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo al referido proceso;
Que, con Decreto Supremo N° 005-2017-MINAM, se aprueba el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, con la finalidad de identificar las acciones estratégicas que tanto el Ministerio del Ambiente - MINAM, los distintos sectores, los organismos adscritos y los diversos niveles de gobierno deberían implementar para atender las recomendaciones de la OCDE formuladas en el marco de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 384-2018-MINAM, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, encargado de monitorear la implementación de las acciones estratégicas del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental y coordinar las acciones que permitan reducir la brecha normativa entre la legislación ambiental peruana y los instrumentos jurídicos ambientales de la OCDE en el marco de las competencias y funciones del MINAM y sus organismos públicos adscritos; previéndose una vigencia de cinco (5) años para dicho Grupo de Trabajo;
Que, de acuerdo al artículo 4 de la precitada Resolución Ministerial, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental asumía la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo;
Que, mediante Oficio 22-BB/155, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al MINAM que en el marco de la Reunión del Consejo de la OCDE a nivel Ministerial llevada a cabo el 10 de junio del presente año, se ha aprobado la Hoja de Ruta para el proceso de adhesión del Perú a la OCDE, lo que involucra la revisión y análisis de los instrumentos jurídicos de dicha organización a los que el Perú deberá adherirse, así como las acciones adicionales que ello demande;
Que, en este contexto, con Memorando N° 00902-2022-MINAM/VMGA, el Viceministerio de Gestión Ambiental remite el Informe N° 00062-2022-MINAM/VMGA/DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, a través del cual se comunica que ha concluido el plazo para la implementación del Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental en junio de 2022, señalando que se elaboraron y publicaron los reportes anuales de seguimiento y monitoreo a través de los cuales se informa sobre el avance en la implementación de las acciones estratégicas que integran el mencionado plan;
Que, asimismo, en el citado Informe se da cuenta del cumplimiento del objetivo del Grupo de Trabajo creado con Resolución Ministerial N° 384-2018-MINAM, precisando que al haberse concretado la invitación al Perú a integrar la OCDE, existe un nuevo escenario con una hoja de ruta aprobada por la Comisión de la OCDE la cual incluye nuevas acciones que es preciso realizar, por lo que recomienda la pertinencia de dar por concluida la vigencia del mencionado Grupo de Trabajo por cumplimiento de su objetivo; refiriendo, además, la necesidad de contar con un punto focal para la conducción y supervisión de las acciones vinculadas al proceso de adhesión del Perú a la OCDE, en lo correspondientes a la temática ambiental y en el marco de las competencias y funciones del MINAM y sus organismos públicos adscritos;
Que, mediante Memorando N° 00812-2022-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00070-2022-MINAM/SG/OGPP/OM de la Oficina de Modernización, emite opinión favorable sobre la propuesta efectuada por la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental;
Que, a través del Informe N° 00428-2022-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de la propuesta de Resolución Ministerial promovida;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; de la Secretaría General; de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
De conformidad con la Ley N° 28245, Ley marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Encargar al Despacho Viceministerial de Gestión Ambiental la conducción y supervisión de las acciones que corresponden al Ministerio del Ambiente y a sus organismos públicos adscritos, en el marco de sus competencias y funciones, vinculadas al proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE, promoviendo la participación de los representantes de estas entidades en los comités y grupos de trabajo de la OCDE.
Artículo 2.- Todas las unidades de organización del Ministerio del Ambiente, así como sus organismos públicos adscritos, participan y brindan la información de forma oportuna y el soporte técnico que se requiera para la adecuada implementación del encargo conferido en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Dar por concluida las funciones del Grupo de Trabajo creado por Resolución Ministerial N° 384-2018-MINAM.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede de digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN
Ministro del Ambiente