OR 12-2021-CR/GOB.REG.TACNAOR_12_2021_CR/GOB.REG.TACNA

ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2021-CR/GOB.REG.TACNA

Modifican el artículo cuarto de la Ordenanza Regional N° 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA

[+] Datos Generales
20210909Legislacion
Fecha de Promulgación :09/07/2021
Fecha de Publicación :09/09/2021
Entrada en vigencia :10/09/2021
Estado :

[+]

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha nueve de julio de dos mil veintiuno, en Sesión Extraordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 192 establece que: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: (…) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (…) medio ambiente, conforme a ley”.

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, en su artículo 38 prescribe que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Medio Ambiente, en su artículo 22 señala: “(…) 22.3 Los gobiernos regionales y locales coordinan sus políticas de ordenamiento territorial, entre sí y con el Gobierno Nacional (…)”.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM se aprobó el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica – ZEE, el mismo que en su artículo 16 señala que: “Cada proceso de Zonificación Ecológica y Económica-ZEE desarrollado en el ámbito regional y local (macro y meso) requiere la conformación de una Comisión Técnica (…)”; estando sus funciones establecidas en el artículo 17 del mismo dispositivo legal.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2010-MINAM de fecha 23 de febrero de 2010 aprueba los “Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial”, con el objetivo de articular diversas políticas sectoriales y orientar el accionar de los gobiernos regionales y locales respecto a los problemas críticos que ocasionan la ocupación y uso del territorio.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM de fecha 03 de mayo de 2013 se aprobó la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, norma que identifica y conceptualiza los instrumentos técnicos del Ordenamiento Territorial: La Zonificación Ecológica y Económica - ZEE, los Estudios Especializados – EE y el Diagnóstico Integrado del Territorio – DIT.

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINAM de fecha 17 de abril de 2015 se establece las disposiciones respecto a la “Comisión Técnicas de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios del Ordenamiento Territorial”, con la finalidad de propiciar la continuidad y secuencialidad del proceso de ordenamiento territorial, resultando necesario que los gobiernos regionales y locales que cuenten con una ZEE aprobada, conformen un comisión técnica para los demás instrumentos técnicos sustentatorios del ordenamiento territorial.

Que, por Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario oficial “El Peruano” el 29 de junio de 2006, se aprueba: “ARTÍCULO PRIMERO: Declárese de interés regional, la Zonificación Ecológica y Económica, y el Ordenamiento Territorial dentro de la jurisdicción del departamento de Tacna. ARTÍCULO SEGUNDO: Confórmese la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica, y el Ordenamiento Territorial (…) ARTÍCULO CUARTO: La Comisión Técnica Regional tendrá las siguientes funciones: Proponer, opinar acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zonificación Ecológica y Económica – ZEE a nivel regional y local; así como los aspectos relacionados a la macrozonificación nacional; y, - Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación. (…)”.

Que, por Ordenanza Regional Nº 016-2012-CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario oficial “El Peruano” el 18 de enero de 2013, modificada con Ordenanza Regional Nº 018-2013-CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario oficial “El Peruano” el 25 de febrero de 2014, se dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 016-2012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de diciembre del 2012, publicada el 18 de enero del 2013 en el Diario Oficial “El Peruano”, con el texto siguiente: “APROBAR la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) de la Región Tacna (…)”.

Que, con Oficio Nº 595-2021-ORAJ-GGR-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 16 de junio de 2021, emitido por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna se remite al presidente del Consejo Regional de Tacna, Opinión Legal para que se proceda a la emisión de Ordenanza Regional que modifique de Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA, para lo cual se adjuntan los informes y demás documentación sustentatoria de su pedido.

Que, el Oficio Nº 00111-2021-MINAM/VMDERN/DGOTA de fecha 06 de mayo de 2021, emitido por la Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental del Ministerio del Ambiente, el Informe Nº 00071-2021-MINAM/VMDERN/DGOTA/DMOTA de fecha 05 de mayo de 2021, emitido por la Dirección de Metodologías para el Ordenamiento Territorial Ambiental del Ministerio del Ambiente; el Informe Nº 067-2021-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de junio de 2021, emitido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; el Informe 135-2021-OFG/PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de junio de 2021, emitido por el Jefe del Proyecto “Mejoramiento de Servicios de Gestión Territorial”; el Informe Nº 002-2021-LBTS-PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de junio de 2021, emitido por la Especialista en Ordenamiento Territorial -I; la Opinión Legal Nº 987-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 11 de junio de 2021, emitida por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el informe del Asesor de Comisión Nº 006-RINH-2021-CORNyGMA-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de julio de 2021; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.

Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 006-2021-CORNyGMA-CR, de fecha 05 de julio de 2021, sobre “MODIFICAR EL ARTÍCULO CUARTO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de julio de 2021, realizada mediante videoconferencia. Asimismo, en dicha sesión se propuso que en la modificación del artículo cuarto se incorpore la iniciales OT referidas a Ordenamiento Territorial.

Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, resulta pertinente modificar el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA considerando como funciones de la Comisión Técnica Regional la referida a proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zonificación Ecológica y Económica – ZEE y Ordenamiento Territorial – OT a nivel regional y local.

Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero: MODIFICAR el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG.TACNA, con el siguiente texto:

“Artículo Cuarto: La Comisión Técnica Regional tendrá las siguientes funciones:

- Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zonificación Ecológica y Económica – ZEE y Ordenamiento Territorial – OT a nivel regional y local; así como los aspectos relacionados a la macrozonificación nacional; y,

- Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación”.

KEYWORDS:

Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Tacna, así como a la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica y Ordenamiento Territorial la implementación de la presente Ordenanza Regional.

KEYWORDS:

Artículo Tercero: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

KEYWORDS:

Artículo Quinto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que la publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna.

KEYWORDS:
[+]

Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación.

En la ciudad de Tacna, al día nueve de julio del año dos mil veintiuno.

DANY LUZ SALAS RÍOS

Presidenta

Consejo Regional de Tacna

POR TANTO:

Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.

Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 16 JUL. 2021

JUAN TONCONI QUISPE

Gobernador Regional


Software elaborado por Gaceta Jurídica
Contáctenos en: informatica@gacetajuridica.com.pe