ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2019-CR/GOB.REG.TACNA
Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tacna y Cronograma de Actividades
20190512Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 14/03/2019 |
---|---|
Fecha de Publicación : | 12/05/2019 |
Entrada en vigencia : | 13/05/2019 |
Página El Peruano: | 22 |
Estado : |
CONSEJO REGIONAL
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha catorce de marzo de dos mil diecinueve, en Sesión Extraordinaria Autoconvocada, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191 señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 199 establece que: “(...) los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos, con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente (...)”.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 17, numerales 1 y 2 establecen que: “17.1. Los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública (...)”; asimismo, el artículo 20 señala: “20.1. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley (...)”.
Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificada por Ley Nº 29298, en su artículo 2 prescribe: “La Ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como la fiscalización de la gestión”.
Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificado por Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, en su Primera Disposición Final señala: “Los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas”.
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, el cual tiene por objeto establecer las pautas y mecanismos para el desarrollo del Proceso Participativo en los Gobiernos Regionales y Locales, el cual en su capítulo II señala: “El Proceso del Presupuesto Participativo se realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada Gobierno Regional o Gobierno Local, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso que debe ser adaptado por cada Gobierno Regional o Gobierno Local, en función a sus particularidades y experiencias previas en la implementación de los presupuestos participativos”.
Que, con Oficio Nº 114-2019-GGR-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de febrero de 2019, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna solicita al Consejo Regional de Tacna la “Aprobación del Reglamento, Cronograma de Actividades y Anexos del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tacna”, anexando el proyecto de reglamento y los respectivos antecedentes.
Que, con el Acta de Sesión de Consejo de Coordinación Regional Nº 001-2019-CCR/GOB.REG.TACNA de fecha 14 de febrero de 2019; el Informe Nº 023-2019-GRPPAT-SGPLAT/GOB.REG.TACNA de fecha 18 de febrero de 2019 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial; el Oficio Nº 251-2019-SGPLAT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 19 de febrero de 2019 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Opinión Legal Nº 122-2019-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 22 de febrero de 2019 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el Oficio Nº 012-2019-GRPPAT-SGPLAT/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de marzo de 2019 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.
Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 001-2019-COPPyAT-CR de fecha 06 de marzo de 2019, sobre: “APROBACIÓN DEL REGLAMENTO, CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y ANEXOS DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria Autoconvocada de fecha 14 de marzo de 2019.
Que, de la revisión del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tacna se puede apreciar que este consta de tres (03) Títulos (Generalidades, Del Proceso de Presupuesto Participativo y Mecanismos de Vigilancia y Control), veintisiete (27) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias.
Que, teniendo en cuenta las disposiciones legales antes indicadas así como los informes técnicos y legales que sustentan el pedido de aprobación del respectivo Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tacna y de su respectivo cronograma de actividades y anexos, los cuales se encuentran debidamente visados por las áreas competentes, corresponde su aprobación por parte del Pleno del Consejo Regional.
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria Autoconvocada de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tacna, el cual consta de tres (03) Títulos (Generalidades, Del Proceso de Presupuesto Participativo y Mecanismos de Vigilancia y Control), veintisiete (27) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Actividades y Anexos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tacna, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultado, aprobado mediante la presente ordenanza regional, tendrá vigencia multianual y se aplicará a los procesos de presupuesto participativo en adelante, pudiéndose actualizar el cronograma de actividades mediante Resolución Ejecutiva Regional.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, la adopción de las acciones pertinentes a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.
Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
Artículo Sétimo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día catorce de marzo del año dos mil diecinueve.
LUZ DELIA HUANCAPAZA CORA
Presidenta
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día
JUAN TONCONI QUISPE
Gobernador Regional