OR 11-2013-CR/GOB-REG-TACNAOR_11_2013_CR/GOB-REG-TACNA

ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2013-CR/GOB.REG.TACNA

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Agricultura Tacna

 

[+] Datos Generales
20130720Legislacion
Fecha de Promulgación :09/07/2013
Fecha de Publicación :20/07/2013
Entrada en vigencia :21/07/2013
Página El Peruano:499754
Estado :

[+]

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de junio del dos mil trece, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 192 prescribe: “Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”.

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”.

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”.

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 033-2010-CR/GOB.REG. TACNA de fecha 29 de diciembre del 2010, en su artículo 49 señala: “Son atribuciones del Consejo Regional, las siguientes: (...) s. Aprobar instrumentos de gestión institucional, cuando así lo demande la norma expresa”.

Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública, en su artículo 5 señala: “(…) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF. Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades”. En su artículo 34 dispone que: “La aprobación del ROF de las entidades se realizarán de acuerdo al siguiente esquema: (…) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional”.

Que, la Resolución Ministerial Nº 114-2011-VIVIENDA, establece que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Pasco, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali son competentes para la función establecida en el inciso n) del Artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 1 establece: “Declarar concluido el proceso de efectivización de la transferencia a los Gobiernos Regionales de (...) Tacna (...), de las competencias de la función específica establecida en el inciso n) del artículo 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (...)”.

Que, el Decreto Supremo Nº 067-2011-EF, Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011, establece lo siguiente: “(…) Artículo 1º.- Objeto, 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011, (…), para el desarrollo de las competencias de la función específica considerada en el literal n) del artículo 51º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (…). Artículo 4º.- Adecuación de los instrumentos de gestión, (…) los Gobiernos Regionales deberán dictar las disposiciones necesarias a fin de adecuar sus instrumentos institucionales y de gestión en virtud de la transferencia de las funciones, (…)”.

Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 198-2011-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 03 de mayo del 2011, emitida por la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna se resuelve: “Artículo 1º.- Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el D.S. Nº 067-2011-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto Institucional (…) del Gobierno Regional del Departamento de Tacna – Unidad Ejecutora (…) Agricultura”.

Que, con Decreto Regional Nº 003-2013-P.R./GOB.REG. TACNA de fecha del 27 de marzo del 2013 se establece lo siguiente: ARTICULO PRIMERO: APROBAR el MANUAL DE IDENTIDAD VISUAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA (…)”, en donde se considera la denominación de Dirección Regional de Agricultura de Tacna.

Que, con Oficio Nº 432-2012-ORAJ-GGR-PR/GOB. REG.TACNA de fecha 08 de agosto del 2012, el Presidente Regional del Gobierno Regional de Tacna remite el “PROYECTO DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE AGRICULTURA TACNA”, con el objeto de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional; adjuntándose los respectivos documentos e informes Técnico y Legal que sustentan su pedido.

Que, el Proyecto de Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Agricultura Tacna, consta de siete (07) Títulos, ochenta y dos (82) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Final, y el Organigrama Estructural.

Que, con el Informe Técnico Sustentatorio por modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Agricultura de Tacna emitido por la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Tacna de mayo del 2012; el Oficio Nº 453-2012-OPP-DR/DRSAT-GOB.REG.TACNA del 11 de mayo del 2012 emitido por la Dirección Regional de Agricultura de Tacna; el Informe Nº 138-2012-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 19 de junio del 2012 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 120-2012-GRDE/GOB.REG.TACNA del 04 de julio del 2012 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 889-2012-ORAJ/GOB.REG.TACNA del 02 de agosto del 2012 emitido por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Oficio Nº 498-2013-OPP-DR/DRAT-GOB.REG.TACNA del 30 de mayo del 2013 emitido por la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.

Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la propuesta normativa emite el Dictamen Nº 017-2013-CR-COPPAT de fecha 03 de junio del 2013, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL SECTORIAL DE AGRICULTURA TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de junio del 2013.

Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría la siguiente;

 

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA TACNA que consta de siete (07) Títulos, ochenta y dos (82) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Final, y EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL, que en anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna así como a la Dirección Regional de Agricultura de Tacna la implementación de la presente norma regional.

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- DEROGAR, todas las normas regionales, que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

KEYWORDS:

Artículo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional, asimismo los anexos, se publicaran en el portal electrónico de la institución www.regiontacna.gob.pe conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

KEYWORDS:
[+]

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación.

En la ciudad de Tacna, al día trece de junio del año dos mil trece.

JULIA TERESA BENAVIDES LLANCAY

Presidenta

Consejo Regional de Tacna

POR TANTO:

Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 9 de julio de 2013.

TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA

Presidente del Gobierno Regional de Tacna


Software elaborado por Gaceta Jurídica
Contáctenos en: informatica@gacetajuridica.com.pe